
Frente de la Defensoría del Pueblo de Viedma. Foto: publicada en el grupo BASTA DE ROBOS! Vecinos autoconvocados Viedma
Viedma elige Defensor del Pueblo contra reloj: 23 días entre el cierre de las inscripciones y el fin del mandato
El registro de postulantes cierra el 2 de octubre y el mandato de Marín Pérez Morando termina el 25. En ese plazo el Concejo Deliberante tiene que evaluar antecedentes, resolver impugnaciones y reunir dos tercios del cuerpo en una sesión especial.
El Concejo Deliberante de Viedma abrió el miércoles 2 de septiembre el registro de postulantes para la Defensoría del Pueblo municipal. La inscripción queda abierta hasta el viernes 2 de octubre a las 13, y el mandato del defensor en ejercicio, Marín "Pancho" Pérez Morando, vence el 25 de octubre.
Entre una fecha y la otra hay veintitrés días. Ese es todo el tiempo que tiene el cuerpo para cumplir con lo que le exige la Ordenanza 7835: evaluar a los inscriptos, publicar la nómina, dar lugar a las impugnaciones y llegar a una sesión especial con los votos necesarios.
Qué exige la ordenanza
La norma que regula el cargo no deja margen para resolverlo con una mayoría simple sobre tablas. Establece un procedimiento con cuatro condiciones:
- La designación es atribución del Concejo Deliberante, a propuesta de la Comisión de Labor Parlamentaria.
- Debe resolverse en una sesión especial convocada para ese fin, no dentro de una sesión ordinaria.
- Requiere dos tercios de la totalidad del cuerpo, por voto nominal.
- No se admiten abstenciones. Si no se alcanzan los dos tercios, la definición queda entre las dos personas más votadas.
La ordenanza también fija el mandato en cuatro años y prohíbe la reelección consecutiva, de modo que quien ocupe el cargo a partir del 25 de octubre será necesariamente una persona distinta de la actual.
Quiénes pueden anotarse
Los requisitos que fija la convocatoria son:
- Ciudadanía argentina, natural, naturalizada o por opción, con un mínimo de cinco años de ejercicio legal de la ciudadanía.
- Ser nativo de Viedma o acreditar cuatro años de residencia inmediata en el municipio.
- Reunir las mismas condiciones que se exigen para ser concejal.
La presentación incluye copia certificada del DNI, currículum, certificado de antecedentes penales, una nota fundamentada y una propuesta de trabajo para la gestión. Las incompatibilidades e inhabilidades están enumeradas en el artículo 8 de la Ordenanza 7835.
El antecedente: cómo se resolvió en 2022
La Defensoría del Pueblo de Viedma tuvo hasta ahora dos titulares. Nora Cader fue la primera, desde octubre de 2018. Pérez Morando la sucedió el 25 de octubre de 2022, elegido en sesión especial.
En aquella oportunidad la Comisión de Labor Parlamentaria inició las actuaciones a fines de julio, casi tres meses antes del recambio, con un cronograma que incluyó inscripción, verificación de requisitos, presentación de antecedentes y propuestas, y un período de publicación e impugnaciones previo a la evaluación. El proceso que se abrió ahora arrancó con el registro un mes más tarde en el calendario que aquel.
Qué pasa si el 25 de octubre no hay sucesor
Es la pregunta que el cronograma deja abierta. La exigencia de dos tercios supone un acuerdo entre bloques que no se resuelve solo: alcanza con que un sector del cuerpo no acompañe para que la designación quede trabada, y la ordenanza no admite reemplazar ese umbral por una mayoría más baja.
Qué ocurre si llega el 25 de octubre sin sucesor designado —quién ejerce el cargo y con qué alcance— es un punto que la información pública disponible sobre la convocatoria no precisa.
Por qué importa
La Defensoría del Pueblo es el organismo al que un vecino puede recurrir cuando un trámite se traba, un servicio no funciona o una decisión municipal lo afecta y no encuentra respuesta en la administración. No depende del Ejecutivo: su independencia es justamente lo que la hace útil, y esa independencia se define en el mecanismo de designación.
Por eso el procedimiento tiene los recaudos que tiene —los dos tercios, el voto nominal, la prohibición de abstenerse, la imposibilidad de reelegir—. Cada uno de esos requisitos está puesto para que el cargo no se resuelva por afinidad política ni quede en manos de una mayoría circunstancial.




