
Choele Choel: pagó tres veces el mismo crédito y la Justicia condenó al Banco Santander
Un hombre canceló un préstamo personal pero durante años recibió reclamos con amenazas de embargo. La Justicia condenó al banco y a dos empresas de cobranzas por hostigamiento.
La Justicia de Choele Choel condenó al Banco Santander y a dos empresas de cobranzas, Creditia S.A. y Gestión Legal S.A., por reclamar el pago de un préstamo personal que un cliente ya había cancelado. Según la sentencia, el hombre terminó pagando tres veces el mismo crédito ante las presiones y amenazas de embargo.
El origen del reclamo
El hombre había tomado un préstamo personal mientras trabajaba como empleado ferroviario. Al perder su empleo, utilizó parte de una indemnización para cancelar anticipadamente la deuda, y el banco le entregó un comprobante que así lo certificaba.
Nueve años después, sin embargo, comenzaron los reclamos: primero de un estudio jurídico, luego de una administradora de un fideicomiso de recupero de créditos. Ante las advertencias de posibles embargos y remates, el hombre aceptó pagar de nuevo mediante un plan de cuotas, sin obtener el libre deuda prometido.
Más adelante fue contactado por una empresa de cobranzas que decía representar al banco, que le exigió un tercer pago a cambio del libre deuda. Las intimaciones —llamados, mensajes y correos— continuaron de todos modos, y se incorporaron al expediente judicial 31 mails vinculados al reclamo.
La demanda y la sentencia
El hombre inició una demanda por daños y perjuicios contra las tres firmas en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor, reclamando indemnización por daño moral y punitivo. Falleció durante el proceso y sus herederos continuaron la acción.
El fuero Civil de Choele Choel hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente a las tres empresas. Las firmas cuestionaron los hechos: Creditia negó que el hombre hubiera pagado tres veces y afirmó no tener relación contractual con él, mientras que Santander sostuvo que el comprobante de cancelación no correspondía al préstamo reclamado. La jueza consideró que esas explicaciones no tenían respaldo probatorio suficiente. Gestión Legal, notificada, no se presentó en el proceso.
El impacto en la víctima
La sentencia también valoró testimonios sobre el efecto de los reclamos: llamadas y mensajes constantes, angustia, falta de sueño y temor a perder la vivienda. La magistrada aplicó la Ley de Defensa del Consumidor, el Código Civil y Comercial y el principio de cargas probatorias dinámicas, concluyendo que el banco y las empresas incumplieron el deber de información y trato digno hacia el consumidor.




